FEDERACIÓN DE TAEKWONDISTAS CRISTIANOS
TAEKWONDO W.T.F.
Libertad esquina Pai Marcos, Zona Norte, Fndo. de la Mora;
A.M.A., Dpto. Central, República del Paraguay.
Resolución Nº 100/1.994 Consejo Nacional de Deportes - Personería Jurídica Nº 578/1.996
ACTA de ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA:
A los treinta días del mes de marzo del año dos mil diez –martes 30/03/10- de nuestro Señor y Salvador Jesucristo; a la hora 17:00 –correspondiente al segundo llamado-, en la casa de la esquina de las calles Libertad y Pai Marcos, Zona Norte, de la ciudad de Fernando de la Mora, Dpto. Central, A.M.A., de la República del Paraguay; conforme a lugar, fecha y hora establecidos para la asamblea general extraordinaria de la ASOCIACIÓN DE GIMNASIOS INTERNACIONAL W.T.F., convocada y publicitada por medios idóneos, para la hora 16:00 y 17:00, en su 1er. y 2do, llamado respectivamente; participan los siguientes Gimnasios o Academias o Centros de Enseñanza afiliados a la Asociación de Gimnasios Internacional WTF, con sus respectivos ciudadanos delegados convencionales, miembros de la entidad, habilitados e identificados según testimonio de listas así planillas de firmas y rúbricas acompañadas adjuntas; y son: 1) COLEGIO CRISTIANO SUDAMERICANO, representado por Oribe Fabio Sosa Ortellado con cédula de identidad civil # 1.185.561 y Oribe Javier Sosa Ortellado con C.I.C. # 1.185.560; 2) CLUB DE LEONES DE ARROYOS Y ESTEROS, representado por Juan Andrés Vera Pereira con C.I.C. # 2.354.111; 3) COLEGIO CLUB SUDAMERICANO, representado por Javier Sotelo con C.I.C. # 5.307.312; Oscar Delvalle con C.I.C. # 3.352.174 y Walter Areco con C.I.C. # 2.373.724; 4) COLEGIO CRISTIANO ARTE, representado por Favio Javier Araujo Cáceres, con C.I.C. # 3.414.704; 5) VIVEROS TERMINAL TKD CLUB, representado por Julio Alberto Viveros Martínez con C.I.C. # 530.503; y, 6) ESCUELA DE TKD EN ACCIÓN, representado por Adriano Larramendia con C.I.C. # 1.158.027 y Eulogio Ignacio Jara Bogado con C.I.C. # 1.005.354; quienes se reúnen para deliberar, decidir y resolver acerca del único punto del ORDEN DEL DÍA, cual es la MODIFICACIÓN de los ESTATUTOS SOCIALES de la “ASOCIACIÓN DE GIMNASIOS INTERNACIONAL W.T.F.”; cuyo desarrollo a continuación se detalla:
Por quien al tiempo de la presente asamblea, inviste y ejerce la Pdcia. de la Asociación de Gimnasios Internacional WTF, a la sazón anfitrión como dueño de casa, don Eulogio Ignacio Jara Bogado Lic., es dada la bienvenida con una invocación así meditación bíblica y oración; para acto seguido designar de entre el pleno de los asistentes, a quienes oficiarían de Presidente y de Secretario de la presente Asamblea General Extraordinaria, recayendo las designaciones en las personas de don Oribe Fabio Sosa Ortellado Abg. y de don Julio Alberto Viveros Martínez Prof., respectivamente.
Interiorizado el pleno del texto borrador o proyecto de Estatutos Sociales de la entidad, el cual propone o plantea una modificación total, integral o general; se procedió a su lectura y discusión artículo por artículo de inicio a fin; que posterior a pormenorizada discusión se consensuó / acordó los ESTATUTOS SOCIALES que a continuación fielmente se transcribe.
ESTATUTOS SOCIALES DE LA FEDERACIÓN DE TAEKWONDISTAS CRISTIANOS W.T.F.
CAPÍTULO I: NOMBRE, DOMICILIO, FINES Y SÍMBOLO.-
Art. 1º. El organismo deportivo “FEDERACIÓN DE TAEKWONDISTAS CRISTIANOS - TAEKWONDO WTF”, es la denominación de la Asociación Civil sin fines de lucro, creada para enseñar, difundir, dirigir la práctica del Taekwondo del estilo WTF, como disciplina deportiva olímpica artemarcialista, y para el impulso así fomento de todo tipo de actividades que contribuyan al progreso y desarrollo del deporte Taekwondo WTF; y como tal será la entidad a la cual estarán subordinados todos los clubes o centros de enseñanzas instituidos y a instituirse en la República del Paraguay, desde su afiliación y reconocimiento conforme a este estatuto. Sus socios miembros reconocen a JESUCRISTO como Señor y Salvador de sus vidas, Quien ocupa el primer lugar en la tabla de posiciones de sus vidas, y, declaran que la BIBLIA / las Sagradas Escrituras, es la única regla de fe y la suprema norma de conducta; y procurarán hacer efectivos los principios del Evangelio en el medio en que se desenvuelven.
Art. 2º. La Federación fijará su domicilio dentro del A.M.A. (Área Metropolitana de la Gran Asunción), preferentemente en la capital del país, Asunción del Paraguay; pudiendo establecer o reconocer filiales en cualquier lugar del país. Al tiempo de la presente modificación estatutaria, la Federación de Taekwondistas Cristianos WTF, constituye Domicilio para todos los efectos legales, en la casa de la esquina de las calles Libertad y Paí Marcos, -Zona Norte- ciudad de Fernando de la Mora, Dpto. Central.
Art. 3º. La Federación difundirá y enseñará el estilo de la World Taekwondo Federation (WTF) y sus asociados deberán estar reconocidos debidamente por la Federación a través de resoluciones de la Comisión Directiva, que a su vez remitirán para sus registros a la Confederación Paraguaya de Taekwondo WTF y con el visto bueno de la misma a la Secretaria Nacional de Deportes (Ministerio de Deportes) para su reconocimiento e inscripción en los archivos de la entidad deportiva gubernamental.
Art. 4º. La Federación existirá por tiempo indefinido y estará subordinada a la Confederación Paraguaya de Taekwondo, estilo WTF, y por su intermedio a la Secretaria Nacional de Deportes (Ministerio de Deportes). La Federación de Taekwondistas Cristianos WTF, podrá establecer relaciones con cualquier entidad deportiva y cristiana, nacional e internacional. Estableciéndose desde ya estratégicos vínculos con la Cruzada Estudiantil y Profesional para Cristo, a través de sus Ministerios Atletas en Acción y TIA “Taekwondo en Acción”.
Art. 5º. El Símbolo de la Federación de Taekwondistas Cristianos WTF, está formado por círculos alegóricos de colores que representan los del arco iris, en la parte superior con la inscripción “Federación de Taekwondistas Cristianos”; en la parte central la figura estilizada de un atleta ejecutando una técnica propia del Taekwondo y tres estrellas color oro que representan la tridimensión y la triunidad humana, a imagen y semejanza del Creador, y, sugiere la formación integral del individuo y ciudadano y que en el podio de nuestras vidas aspiramos siempre a la excelencia; en la parte inferior la palabra “Taekwondo WTF.
Art. 6º. Son Fines de la Federación: a) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y las normas reglamentarias universalmente aceptadas por este deporte; b) Organizar y participar en actividades diversas, como campeonatos, congresos, seminarios de capacitación, a nivel nacional e internacional; c) Ejercer la representación de la Federación ante los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, y formular así tramitar las licencias, venias o permisos de los mismos representantes y de sus asociados; d) Supervisar y controlar con los miembros asociados para que en los lugares donde se practique el Taekwondo WTF, se de fiel cumplimiento a las normas establecidas referente a las enseñanzas, condiciones de salubridad, higiene y otras dictadas por las autoridades nacionales, departamentales o municipales, o por la propia Federación; e) La explotación comercial, publicitaria o de otro tipo, en su más amplio sentido, tanto de la Federación como de las actividades deportivas que ésta organice o en que participe; f) Fiscalizar con el Departamento Técnico la graduación de los practicantes en todas las categorías de los centros de enseñanzas y clubes, afiliadas debidamente a la Federación y la Confederación Paraguaya de Taekwondo de conformidad a la reglamentaciones pertinentes; g) Prevenir, controlar y reprimir el uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en la práctica del deporte; h) Seleccionar a los deportistas de su modalidad que hayan de participar en los selectivos nacionales o regionales o locales que organice la Confederación Paraguaya de Taekwondo WTF ó la misma Federación Cristiana Taekwondo WTF, para lo cual los clubes y centros de enseñanzas deberán poner a disposición de la federación los deportistas elegidos en los términos que reglamentariamente se determinen en la Comisión Directiva, avalados por los dictámenes del Departamento Técnico; i) Ejercer la atribución disciplinaria deportiva, en los términos establecidos por las legislaciones nacionales y deportivas, así como en sus propios estatutos y reglamentos
Art. 7º. PROPÓSITOS: Conforme se desprende y conjuga de los previos artículos 1º y 5º de estos estatutos sociales, esta Federación tiene por Visión: la capacitación integral del individuo y ciudadano artemarcialista; es decir, en lo físico y técnico, en lo psíquico y anímico así en lo espiritual, sin descuidar lo social / las relaciones humanas. El TKD pese a considerarse una disciplina deportiva de altísima exigencia física, importa además de lo físico, el área intelectual, como también el carácter y la personalidad así la realización plena del taekwondista. El empeño será forjar campeones deportivos y sobretodo campeones de la vida. La Misión de la Federación, por ende tiene por objeto elaborar, ofrecer y desarrollar todo un Programa de Enseñanza, Instrucción o Formación Integral, desde el primer nivel o cinturón hasta la máxima categoría o dan, que además de la tradicional y convencional malla curricular en constante revisión por la kukkiwon (también conocido como la World Taekwondo Headquarters, es una organización establecida en el distrito de Gangnam-gu en Seúl, Corea del Sur) y su Academia Mundial de Taekwondo; incluya los principios y valores universales y eternos, las verdades absolutas e inmutables, que permita una comunión y mejor convivencia con el Creador, consigo mismo y con los demás así la patria; aspirándose lograr la optimización de los recursos humanos, maximizar el desarrollo de los innatos talentos. En otros términos, promocionar danes y sobre todo dones / karai.
CAPÍTULO II: CONSTITUCIÓN, CONDICIÓN DE AFILIACIÓN.-
Art. 8º. La Federación, está constituida por clubes o centros de enseñanzas, públicos o privados, integrados a su vez por socios cintos negros-danes.
Art. 9º. Cada club o centro de enseñanza estará constituido por personas físicas o por persona jurídica, pública o privada, representada por un Director o Asesor Técnico y/o por una Comisión Directiva y Socios cintos negros-danes.
De los Socios cintos negros – danes: De la adquisición y pérdida de la condición de socio. Para ser admitido como Socio será necesario: a) Solicitarlo por escrito al Director o Asesor Técnico y/o por una Comisión Directiva del Club o Centro de Enseñanza, haciendo constancia del acatamiento a estos estatutos y demás disposiciones por las que se rija el Club o Centro de Enseñanza. b) Satisfacer la cuota de ingreso correspondiente del Club o Centro de Enseñanza y/o la Federación, si existiera. c) La Asamblea General podrá establecer las condiciones generales para la admisión de nuevos socios. La condición de socio se pierde: a) Por voluntad propia. b) Por falta de pago de las cuotas sociales establecidas. c) Por acuerdo del Director o Asesor Técnico y/o por una Comisión Directiva del Club o Centro de Enseñanza, fundado en faltas de carácter grave, previa audiencia del interesado, que habrá de ser ratificado en la primera Asamblea General que se celebre. d) Por cualquier otra causa establecida en la legislación vigente.
Art. 10º. Para estar afiliada a la Federación, todo club o centro de enseñanza deberá llenar los siguientes requisitos: a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Comisión Directiva. b) Presentar una solicitud de acceso por escrito, incluyendo la electrónica/digital, firmado por sus autoridades representantes, nombres y apellidos así cargos que ostentan en la entidad, con identificación y acreditación de la representación por cualquier medio válido admitido en derecho (Cédula de Identidad Civil, Partida de Nacimiento, Pasaportes), con la respectiva denominación de la entidad deportiva y, en su caso, de los símbolos o emblemas, domicilio social, fecha de constitución. También deberá identificarse el nombre del dominio o dirección de Internet, correo electrónicos, teléfonos, fax, que utilicen, si los hubiere; c) La resolución de la Comisión Directiva, por la que se apruebe o deniegue la inscripción y el reconocimiento de la solicitud de acceso en un plazo no mayor de un mes, a contar desde el día siguiente a la presentación de aquélla solicitud; d) Una vez aprobada por Resolución de la Comisión Directiva la solicitud de acceso, abonar la cuota de ingreso y otras aportaciones que puedan corresponder a cada asociado, establecidas por la Federación y la Confederación Paraguaya de Taekwondo WTF; e) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias o con arreglo de los mismos.
Art. 11º. Son motivos para que los clubes o centros de enseñanzas pierdan su afiliación: a) Por revocación de su reconocimiento, por las causas previstas en los estatutos de la Federación; b) A solicitud de los interesados ó de oficio, cuando desaparezcan las condiciones o se modifiquen los criterios que dieron lugar a su reconocimiento; c) Que los clubes o centros de enseñanzas no participen en los torneos o actividades que realicen la Federación y la Confederación Paraguaya de Taekwondo, por el término de un año, quedando automáticamente desafiliado, pudiendo obtener su reafiliación solamente por decisión de la Comisión Directiva; d) Que los clubes o centros de enseñanzas estén en mora en el pago de sus cuotas establecidas, por más de un año; e) Que los clubes o centros de enseñanzas, realicen actos contrarios a estos estatutos; f) Que los centros de enseñanzas o clubes realicen cualquier tipo de actividades, congresos, seminarios, torneos, exámenes, exhibiciones y otras, sin la autorización de esta Federación.
CAPíTULO III: DE LAS AUTORIDADES DE LA ASOCIACIÓN.-
Art. 12º. El gobierno de la Federación será ejercida por: 1) La Asamblea General y 2) La Comisión Directiva. Siendo además sus órganos permanentes: a) De Administración: (Los que considere la Federación, por ejemplo Secretario de la Federación, Gerente, Interventor, Tesorero, Administrador, etc.). b) Órganos Técnicos: La Comisión Técnica (Los que considere la Federación, por ejemplo de Árbitros, Escuela de Entrenadores, Directores Técnicos, etc.). c) Órganos electorales: El Tribunal Electoral Independiente. d) Órganos Disciplinarios: La Comisión Disciplinaria y la Comisión de Apelaciones.
CAPÍTULO IV: ASAMBLEAS-CLASES-CONVOCATORIAS-REUNIONES-QUORUM-
VOTACIONES.-
Art. 13º. La Asamblea General es la suprema autoridad de gobierno y representación de la Federación de Taekwondistas Cristianos WTF, y es constituida por la reunión de los Socios Cintos Negros – Danes afiliados y reconocidos debidamente por cada Club o Centro de Enseñanza, que a su vez deberá estar reconocida debidamente por la Federación, convocados de acuerdo a estos estatutos. Cada socio cinto negro – dan afiliado tendrá derecho a un voto. Los representantes en las Asambleas, deben tener la mayoría de edad (18 años). Las Asambleas podrán ser Ordinarias y Extraordinarias.
Art. 14º. La Asamblea General, en este caso Ordinaria, se reunirá anualmente dentro de los tres últimos meses del año (entre octubre y diciembre), antes de fenecer el ejercicio fiscal. La misma será convocada por la Comisión Directiva y comunicada con quince días de anticipación a todos sus asociados por una nota circular a través de medios impresos o informáticos u otro idóneo. Ningún Delegado socio cinto negro – dan podrá ejercer más de una representación en la Asamblea General.
Art. 15º. Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias serán integradas, con un convencional titular y uno suplente, que deberán ser Socios Cintos Negros – Danes activos / al día, designados por cada Club o Centro de Enseñanza, por notas remitidas a las autoridades de los mismos y se considerarán válidos con la presencia de dos tercios de los socios cintos negros - danes habilitados por la Comisión Electoral según un padrón confeccionado especialmente para el efecto, tres días antes de la asamblea. Al no computarse dicho número, se llamará a una segunda convocatoria, una hora después, siendo sus resoluciones válidas con cualquier número de asistentes.
Art. 16º. Para la Elección de la Comisión Directiva, en caso de no integrarse o desintegrase luego, se formará una Comisión Electoral que estará integrada prima facie por el Presidente de la Comisión Directiva (o persona que ésta decida en defecto de aquel) y el Síndico, para la habilitación de los Delegados Convencionales, para la Asamblea General tanto Ordinaria como Extraordinaria. Los miembros de la Comisión Electoral, cotejarán las firmas / rúbricas con los respectivos documentos de identidad personal y los datos obrantes en los archivos. En la asamblea se formará una Comisión -Ad Hoc- de Escrutinio, compuesta por un representante de cada lista en pugna, a fin de verificar el conteo de los votos emitidos.
Art. 17º. El Orden del Día de la Asamblea General Ordinaria -previa salutación y apertura así la puesta a consideración del Orden del Día por el Presidente de C.D. o en defecto de este quien le siga en orden de sucesión-, consignará para su correspondiente tratamiento, deliberación y resolución: a) Elección del Presidente y del Secretario para dirigir la asamblea; b) Lectura y Consideración del Acta de la asamblea general ordinaria anterior; c) Lectura y consideración de la Memoria del Presidente de la C.D.; d) Lectura y aprobación del Balance de la C.D.; e) Informe del Síndico; f) Elección de la Comisión Directiva de la Federación; g) Elección de un Síndico Titular y Suplente / Adjunto; h) Conformación del T.E.I. “Tribunal Electoral Independiente”; e, i) Asuntos Varios.
Art. 18º. La Asamblea General Ordinaria será presidida por el Presidente de C.D. de la Federación, hasta apenas constituida y electas las personas a oficiar de Presidente y de Secretario de la asamblea; quienes de entre los delegados convencionales serán electos por los mismos por simple mayoría de votos, quienes dirigirán la asamblea hasta su finalización.
Art. 19º. Las Resoluciones de las Asambleas serán aprobadas por simple mayoría de los delegados convencionales; y en caso de empate el presidente decidirá con su voto.
Art. 20º. Las Votaciones de las asambleas podrán ser emitidas de formas o modalidades diferentes, acorde a la legislación electoral; salvo las que signifiquen elección de autoridades permanentes, deberán ser secretas.
Art. 21º. Son Atribuciones de la Asamblea General Ordinaria: a) resolver los puntos comprendidos en el orden del día; b) Establecer las cuotas para los clubes o centros de enseñanzas y de sus dependientes; c) Otorgar títulos honoríficos y beneméritos por votación afirmativa de dos tercios de sus componentes.
Art. 22º. La Asamblea General Extraordinaria podrá ser convocada por la Asamblea Ordinaria, el Presidente de C.D. o el Síndico, comunicada con diez días de anticipación por nota circular a través de medios impresos o informáticos / digital u otro medio idóneo y hábil a sus asociados.
Art. 23º. Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: a) Cambiar o modificar estos estatutos; b) Remover a cualquiera de las autoridades permanentes de la Federación de Taekwondistas Cristianos WTF; c) Tratar y decidir sobre la convocatoria y el orden del día.
CAPÍTULO V: DE LA COMISIÓN DIRECTIVA e INTEGRACIÓN.-
Art. 24º. La Comisión Directiva de la Federación de Taekwondistas Cristianos (WTF), durará cuatro años en sus funciones y estará constituida por un Presidente, un Vice Presidente, un Secretario General, un Tesorero, tres Vocales titulares y tres Vocales suplentes, 2 Síndicos (un titular y un suplente / adjunto).
Art. 25º. Para ser Miembro de la Comisión Directiva, se debe reunir las siguientes condiciones: 1) Ser paraguayo natural o naturalizado y mayor de edad; 2) Realizar actividades deportivas o docentes dentro del Taekwondo WTF, por un período mínimo de un año en un club o centro de enseñanza nacional o de un país extranjero con el que la Federación de Taekwondistas Cristianos WTF mantenga relaciones interinstitucionales; 3) En el caso del Presidente y Secretario General, indefectiblemente tendrán que ser cinturón negro - dan.
Art. 26º. La Comisión Directiva sesionará válidamente con 4 / cuatro miembros titulares, que hace al quórum legal.
Art. 27º. Las Resoluciones de la Comisión Directiva serán adoptadas por simple mayoría de los miembros presentes; producido un empate, lo decidirá el Presidente.
Art. 28º. Las Sesiones de la C.D. serán: Ordinarias, las que se realizarán como mínimo una vez al mes, y convocadas por el presidente para tratar el orden del día presentado a consideración de los miembros; b) Extraordinarias, las que se realizarán en cualquier tiempo a instancia del presidente o a pedido de la simple mayoría de los miembros de la C.D. o del síndico, para tratar asuntos considerados delicados, atendibles o relevantes ; y, c) Permanentes, serán declaradas a instancias del presidente o por los miembros de la C.D., mediando circunstancias excepcionales que así lo requieran. Durará por el tiempo que persistan las causas de su declaración.
Art. 29º. El miembro que dejare de asistir a las sesiones de la Comisión Directiva, a tres sesiones sucesivas o cinco sesiones alternadas, sin justificación alguna, sin necesidad de notificación previa será separado del cargo por resolución adoptada por simple mayoría de sus miembros y el reemplazante será convocado inmediatamente en la misma forma, recayendo en la persona de los suplentes por orden de prelación. En caso de renuencia u omisión de cualquiera de los suplentes, los mismos serán citados en forma definitiva hasta tres veces.
Art. 30º. Son funciones y atribuciones de la Comisión Directiva: a) Observar, cumplir y hacer observar y cumplir el estatuto, reglamentos y resoluciones; b) Ejercer la administración y patrimonio de la Federación de Taekwondistas Cristianos WTF; c) Aprobar, rechazar u observar la memoria y el balance antes de su presentación a la Asamblea; d) Designar sus representantes en donde se requiera; e) Aprobar los reglamentos internos de sus clubes o centros de enseñanzas; f) Aprobar o rechazar la admisión en la Federación de los clubes o centros de enseñanzas, para su habilitación ante la Confederación Paraguaya de Taekwondo WTF, la Secretaria Nacional o Ministerio del Deporte y/u otros entes relacionados con el taekwondo; g) Realizar u organizar torneos y crear Comisiones Especiales según la necesidad; h) Designar los miembros de las distintas comisiones y departamentos.
Art. 31º. El Presidente es la cabeza visible y su representante legal en todos los actos de su competencia, de conformidad a estos estatutos y la legislación vigente.
Art. 32º. El presidente tendrá los siguientes derechos y obligaciones: a) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos así como las resoluciones de la Comisión Directiva; b) Presidir las sesiones de la Comisión Directiva, con derecho al voto; c) Suscribir los documentos pertinentes; d) Confeccionar el Orden del Día de las sesiones y convocarlas.
Art. 33º. El Presidente, el Vicepresidente y los demás miembros de la Comisión directiva podrán ser reelectos.
Art. 34º. Podrán ser destituidos el presidente y el vicepresidente de la Comisión Directiva por ausencias en tres sesiones ordinarias seguidas y cinco alternadas sin justificación alguna.
Art. 35º. En caso de renuncia, muerte, destitución o imposibilidad atendible del Presidente, el mismo será sustituido por el Vicepresidente.
Art. 36º. Corresponde al Secretario General: a) Redactar las notas de la Comisión Directiva y refrendarlos junto al presidente; b) Difundir por todos los medios de comunicación las actividades de la Asociación; c) Coordinar las relaciones con las federaciones, asociaciones, clubes, centros de enseñanzas y con los organismos nacionales e internacionales; d) Redactar y firmar las actas de las asambleas -cuando se lo designa secretario de la misma-, de las sesiones de la Comisión Directiva, sus resoluciones y reglamentos; e) Organizar los archivos y libros de su secretaria; f) Elaborar con la Comisión Directiva su memoria anual.
Art. 37º. Corresponde al Tesorero: a) Llevar al día los libros de contabilidad; b) Informar mensualmente a la Comisión Directiva el estado financiero de la Federación; c) Efectuar el pago de los gastos autorizados por la Comisión Directiva o el Presidente; d) Presentar anualmente a la Comisión Directiva, 15 días antes de la Asamblea General Ordinaria, los balances de la Federación.
Art. 38º. Del Departamento Técnico: La Comisión Directiva designará a los miembros del Departamento Técnico y estará integrado en lo posible por tres directores de clubes o Centros de enseñanzas, de altas graduaciones (tercer dan en adelante).
Art. 39º. Corresponde al Departamento Técnico: a) Asesorar a los Directores de los clubes o centros de enseñanzas y cuerpo docente para la interpretación y la aplicación de las normas referente al taekwondo del estilo de la (WTF); b) Coordinar los trabajos tendientes a la selección de los atletas que representarán en los torneos nacionales e internacionales. El departamento técnico se reunirá por lo menos una vez al mes o cuantas veces sea necesarios dado el caso.
Art. 40º. Del Síndico: Se nombrará un síndico de la Federación y serán sus atribuciones: a) Revisar y comprobar los libros de la Federación de Taekwondistas Cristianos; asimismo todos los documentos, cuantas veces juzgue conveniente, pero preferentemente cada tres meses; b) En los casos previstos en estos estatutos y en casos de graves irregularidades, convocar la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria; c) Fiscalizar el estado financiero de la Federación, verificando con frecuencia el estado de caja; d) Suscribir conjuntamente con el tesorero y el presidente el Balance General; e) Velar por el cumplimiento del estatuto de la Federación.
Art. 41º. En caso de ausencia, renuncia o impedimento; el síndico suplente / adjunto remplazará al titular con pleno derechos.
CAPÍTULO VI: DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA.-
Art. 42º. El Tribunal de Justicia se compondrá en lo posible de tres Directores de Clubes o Centros de Enseñanzas, siendo uno de ellos de mayor graduación (tercer dan en adelante), quien será el Presidente y los dos restantes miembros vocales.
Art. 43º. El Tribunal de Justicia actuará a instancias de la Comisión Directiva, del Presidente de C.D., del Síndico, del Director del Departamento Técnico, directamente del afectado y de oficio.
Art. 44º. El Tribunal de Justicia emitirá sus fallos previa comparecencia del afectado (acusado o imputado), quien podrá hacerlo por si mismo o por apoderado.
Art. 45º. El Tribunal de Justicia resolverá los asuntos sometidos a su jurisdicción con sujeción a estos estatutos y sus reglamentos así las normas vigentes en los Tribunales de la Republica.
Art. 46º. El Tribunal de Justicia podrá imponer sanciones disciplinarias a toda persona o entidad sujeta a su jurisdicción que atente contra la dignidad de sus miembros o se pronuncie en contra de sus funciones. Dichas sanciones consistirán en Apercibimiento, Multa hasta diez jornales diarios mínimos en vigencia, Suspensión hasta 2 años y/o Expulsión Definitiva.
Art. 47º. Las resoluciones del Tribunal de Justicia serán inapelables; salvo caso de suspensión por más de un año o la expulsión, las cuales serán recurribles dentro del término de 5 días ante la Comisión Directiva, y en alzada a esta, ante la Asamblea General inmediata.
CAPITULO VII:
Art. 48º. La Federación podrá disolverse por: a) Por la desaparición del objeto especifico de su constitución; b) Por la voluntad de tres cuartas (3/4) partes de sus federados expresada en Asamblea Extraordinaria, convocada para el efecto.
Art. 49º. Resuelta por la Asamblea la disolución, procederá a la liquidación de su patrimonio. A este efecto se designará uno o más liquidadores, afiliados quienes tendrán a su cargo la liquidación.
Art. 50º. La Comisión de Liquidación funcionará inmediatamente después de su designación. Una vez en función, la Federación cesará en sus funciones, los liquidadores deberán vender los bienes en remate o por licitación pública o privada, previa tasación de los mismos. Si existe remanente después de los gastos, será destinado a la Confederación Paraguaya de Taekwondo si lo hubiera, o a una entidad de beneficencia.
Art. 51º. Esta Federación reconoce expresamente la autoridad que ejerce la Secretaría Nacional o Ministerio del Deporte como entidad rectora, y para el fomento, control y orientación de los deportes en el país.
Art. 52º. En los casos que surgieren discrepancias entre los estatutos de la Federación y los reglamentos que dictaran la Secretaría Nacional o Ministerio del Deporte, prevalecerán estos últimos.
Art. 53º. Estos estatutos sociales quedan permanentemente abiertos para su mejoramiento, perfeccionamiento y/o actualización en todo y cualquier tiempo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS:
Art. 54º. Para la correspondiente toma de nota o razón notarial y registral de la modificación de estos estatutos sociales, la soberana asamblea autoriza a los señores ciudadanos delegados convencionales don ORIBE FABIO SOSA ORTELLADO Abg. y don JULIO ALBERTO VIVEROS MARTÍNEZ Prof. (Pdte. y Srio. de Asamblea y ahora Comisión Directiva, respectivamente), con expresa facultad de realizar los trámites administrativos y cumplimiento de requisitos legales requeridos.
Se deja constancia de la distinguida concurrencia al acto, como testigo calificado en representación de la Confederación Paraguaya de Taekwondo W.T.F., de su Secretario General don Demesio Gómez Mtro., a cuya entidad matriz se informara de la celebración de esta asamblea.
Al tiempo de aprovechar la modificación del nombre de la entidad así el número de composición de Comisión Directiva, Etc.; se aprovecha la modificación general del estatuto acorde a la legislación nacional y a la necesaria corrección de estilo.
No habiendo otro punto que tratar, a la hora 20:00, en el lugar y fecha supra mencionados, con el gozo y la satisfacción a cuestas, se da por terminada la presente asamblea general extraordinaria de modificación de estatutos sociales de la que ahora ya conforme a susodicha modificación estatutaria o de refundación institucional, entre otras cosas, se denomina FEDERACIÓN DE TAEKWONDISTAS CRISTIANOS W.T.F.; cuyos ejemplares del acta son subscriptos voluntariamente por los asistentes, bastando empero la firma y rúbrica de las dos personas designadas para el efecto, es decir, las personas del presidente y del secretario de la asamblea; quienes a su vez son indicados responsables de realizar los trámites legales y/o gestiones administrativas ante las distintas oficinas de las autoridades pertinentes.
ACTA de ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:
A los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diez –lunes 19/04/10- de nuestro Señor y Salvador Jesucristo; a la hora 19:00 –correspondiente al segundo llamado-, en la casa de la esquina de las calles Libertad y Pai Marcos, Zona Norte, de la ciudad de Fernando de la Mora, Dpto. Central, A.M.A., de la República del Paraguay; conforme a lugar, fecha y hora establecidos para la asamblea general ordinaria de la FEDERACIÓN DE TAEKWONDISTAS CRISTIANOS W.T.F. (otrora ASOCIACIÓN DE GIMNASIOS INTERNACIONAL W.T.F.), convocada (reconvocada en ocasión de la asamblea general extraordinaria del martes 30/03/10) y publicitada por medios idóneos, para la hora 18:00 y 19:00, en su 1er. y 2do, llamado respectivamente; participan los siguientes Gimnasios o Academias o Centros de Enseñanza afiliados a la Asociación de Gimnasios Internacional WTF, con sus respectivos ciudadanos delegados convencionales, miembros de la entidad, habilitados e identificados según testimonio de listas así planillas de firmas y rúbricas acompañadas adjuntas; y son: 1) COLEGIO CRISTIANO SUDAMERICANO, representado por Oribe Fabio Sosa Ortellado con cédula de identidad civil # 1.185.561 y Oribe Javier Sosa Ortellado con C.I.C. # 1.185.560; 2) CLUB DE LEONES DE ARROYOS Y ESTEROS, representado por Juan Andrés Vera Pereira con C.I.C. # 2.354.111; 3) COLEGIO CLUB SUDAMERICANO, representado por Javier Sotelo con C.I.C. # 5.307.312; Oscar Delvalle con C.I.C. # 3.352.174 y Walter Areco con C.I.C. # 2.373.724; 4) COLEGIO CRISTIANO ARTE, representado por Favio Javier Araujo Cáceres, con C.I.C. # 3.414.704; 5) VIVEROS TERMINAL TKD CLUB, representado por Julio Alberto Viveros Martínez con C.I.C. # 530.503; y, 6) ESCUELA DE TKD EN ACCIÓN, representado por Adriano Larramendia con C.I.C. # 1.158.027 y Eulogio Ignacio Jara Bogado con C.I.C. # 1.005.354; quienes se reúnen para a tenor del novel estatutos sociales de la entidad, deliberar, decidir y resolver acerca del siguiente ORDEN DEL DÍA:
a) Elección del Presidente y del Secretario de Asamblea.
b) Lectura y consideración del Acta de Asamblea General Ordinaria anterior
c) Lectura y consideración de la Memoria de la Presidencia de Comisión Directiva.
d) Lectura y consideración del Balance de C.D. de la Federación de Taekwondistas Cristianos W.T.F.
e) Informe de Sindicatura.
f) Elección de los Miembros de la Comisión Directiva de la F.TT.CC. W.T.F.
g) Elección de Síndicos.
h) Conformación del T.E.I. “Tribunal Electoral Independiente”.
i) Asuntos Varios.
D E S A R R O L L O :
Punto a) Por quien al tiempo de la presente asamblea, aún inviste y ejerce la Pdcia. de la C.D. de la ahora denominada “Federación de Taekwondistas Cristianos WTF”, a la sazón anfitrión como dueño de casa, don Eulogio Ignacio Jara Bogado Lic., es dada la salutación y bienvenida con una invocación así meditación bíblica y oración; para acto seguido designar de entre el pleno de los asistentes, a quienes oficiarían de Presidente y de Secretario de la presente Asamblea General Ordinaria, recayendo las designaciones en las personas de don Oribe Fabio Sosa Ortellado Abg. y de don Julio Alberto Viveros Martínez Prof., respectivamente.
Punto b) Por Secretaría se da íntegra lectura del Acta de la Asamblea General Ordinaria anterior; la que es aprobada sin reparo alguno.
Punto c) Leída la Memoria de la Presidencia de la Comisión Directiva, fue aprobado sin reserva alguna.
Punto d) Leído y expuesto el Balance de la C.D. de la Federación de Taekwondistas Cristianos W.T.F., fue aprobada sin objeción alguna
Punto e) Habida cuenta de estar desintegrada y acéfala la Sindicatura, fue obviado dicho punto.
Punto f) Para estas sucesivas elecciones, y por ende para la Elección de los nuevos Miembros de la Comisión Directiva de la Federación de Taekwondistas Cristianos W.T.F., la propia presente asamblea asume el rol del T.E.I. “Tribunal Electoral Independiente”, ante también desintegración y acefalía de la misma; y que conforme a la legislación electoral vigente y dada una sola lista de candidatos propuesta; por unanimidad quedó electa y conformada la siguiente flamante COMISIÓN DIRECTIVA:
PRESIDENTE: Don ORIBE FABIO SOSA ORTELLADO Abg.
VICEPRESIDENTE: Don EULOGIO IGNACIO JARA BOGADO Lic.
SECRETARIO GENERAL: Don JULIO ALBERTO VIVEROS MARTÍNEZ Prof.
TESORERO: Don BARTOLOMÉ OJEDA JARA Mro.
VOCAL 1 Titular: Don ORIBE JAVIER SOSA ORTELLADO Abg.
VOCAL 2 Titular: Don SERGIO LINARES Prof.
VOCAL 3 Titular: Don ADRIANO LARRAMENDIA Prof.
MIEMBRO 1 Suplente: Don ALEJANDRO DUARTE VIVEROS Prof.
MIEMBRO 2 Suplente: Don MARCIAL IZQUIERDO Prof.
MIEMBRO 3 Suplente: Don JAVIER SOTELO Hno.
Punto g) Resultaron electos como nuevos integrantes de la SINDICATURA los señores:
SÍNDICO Titular: Don BERNARD NEUFELD SAWATZKY Misionero.
SÍNDICO Suplente / Adjunto: Don SAMUEL IM Pastor.
Punto h) Esta asamblea, prorroga y delega ante el seno de la Comisión Directiva de la entidad, la selección de los hombres / la elección de las personas idóneas a conformar en lo más breve el nuevo T.E.I. “Tribunal Electoral Independiente”; ante la falta de mayor número de miembros asistentes a la presente asamblea.
Punto i) Este punto final se declaró desierto
Se deja constancia que ofician de ilustres testigos, además del Secretario General de la Confederación Paraguaya de Taekwondo W.T.F. don Demesio Gómez Mtro., destacados dirigentes artemarcialistas así atletas medallistas como Eulogio Jara, Walter Areco y Andrés Vera
No habiendo otro punto que tratar, a la hora 21:00, en el lugar y fecha supra mencionados, se da por terminada gozosa y satisfactoriamente la presente asamblea general ordinaria; cuyos ejemplares del acta son subscriptos voluntariamente por los asistentes, bastando empero la firma y rúbrica de las dos personas designadas para el efecto, es decir, las personas del presidente y del secretario de la asamblea; quienes a su vez asumen la principal responsabilidad en comunicar estas nuevas a donde corresponda para su toma de nota o razón.